Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública
En cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, denominada Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional, la Corporación Chambacú garantiza a todos los ciudadanos el derecho fundamental de acceder de manera libre, veraz y oportuna a la información pública que repose en su poder, en el marco de los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad y buena fe.
TODOS Y CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS AQUÍ RELACIONADOS SON UNA COPIA SIN CONTROL PUBLICO, Y PARA QUE TENGAN VALIDEZ LEGAL DEBEN ESTAR FIRMADOS Y AUTENTICADOS CON SELLO DE CORPORACIÓN CHAMBACÚ.
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Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano de Conformidad con el Art. 73 de Ley 1474 de 2011
La Corporación Chambacú no acepta ni justifica ningún evento de Fraude y/o corrupción por parte de los Directivos, trabajadores, afiliados, proveedores y clientes, en el cumplimiento de su razón social.
Para ello, adoptará las siguientes medidas encaminadas a la prevención, detección, monitoreo e indagación del riesgo de fraude y/o corrupción:
- Establecerá directrices y lineamientos a seguir con lo cual se garanticen el Buen Gobierno Corporativo, a través de la gestión de un sistema de control de riesgos para la prevención y gestión de hechos fraudulentos y/o actos de corrupción.
- Promulgará los valores Corporativos de Calidad, Transparencia, Innovación y Responsabilidad Social, sobre los cuales nuestra Corporación desarrolla su razón Social a las partes interesadas.
- Establecerá procedimientos para la recepción de denuncias y quejas.
- Garantizará que todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables y transparentes.
- Definirá un Protocolo de investigación, documentación y respuesta ante la ocurrencia de situaciones fraudulentas y/o constitución de actos de corrupción.
- Concientizar la importancia del reporte de cualquier hecho fraudulento y/o acto de corrupción real o potencial, para que los mismos sean investigados.
- Mantendrá canales de comunicación transparentes y confiables para el recepcionamiento de denuncias de fraude y/o corrupción.
- La Alta Gerencia dispondrá de los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención, detección, monitoreo e indagación del riego de fraude y corrupción
estructura
Proposito
Nuestra misión es fortalecer el tejido social a través del arte, la educación, la cultura y el turismo sostenible, generando oportunidades para las comunidades y fomentando el desarrollo humano integral.
Propuesta de Valor
La Corporación Chambacú ofrece procesos integrales de transformación social y comunitaria mediante la articulación del arte, la cultura, la educación y el turismo sostenible como herramientas para el desarrollo humano, la inclusión y la generación de oportunidades.
Nuestra propuesta de valor se fundamenta en tres pilares principales:
🎭 Transformación desde el arte y la cultura
Utilizamos la expresión artística como medio de empoderamiento individual y colectivo, fortaleciendo la identidad cultural, el sentido de pertenencia y el liderazgo comunitario.📚 Educación para el cambio social
Promovemos la formación en valores, habilidades blandas, emprendimiento y capacidades creativas, impulsando la empleabilidad, la innovación social y la sostenibilidad del talento local.🌎 Turismo con propósito y sostenibilidad
Desarrollamos experiencias turísticas auténticas que integran el arte, la memoria y la cultura viva de las comunidades, generando ingresos dignos y fortaleciendo el tejido social a través del turismo responsable.
Código de Buen Gobierno
Conozca nuestro Código de Buen Gobierno AQUÍ
Estatutos
Conozca nuestros Estatutos AQUÍ
Organigrama
Conoce nuestro organigrama AQUÍ
Normatividad
Normatividad General
Constitución Política de Colombia de 1991, artículos 38, 39, 58, 95 y 333.
Fundamenta el derecho a la libre asociación, la función social de las organizaciones sin ánimo de lucro y la obligación de contribuir al bienestar general y al desarrollo comunitario.
2. NORMA GENERALES APLICABLES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (ESAL)
Código Civil Colombiano (artículos 633 a 652): Define la naturaleza jurídica de las corporaciones y fundaciones.
Decreto 2150 de 1995: Establece procedimientos simplificados para el reconocimiento de personería jurídica y registro ante la Cámara de Comercio.
Decreto 427 de 1996: Reglamenta el control, inspección y vigilancia de las entidades sin ánimo de lucro por parte de las Gobernaciones.
Decreto 1318 de 2021: Regula el manejo de información y actualización del Registro Único de Entidades sin Ánimo de Lucro (RUES y RTE).
Circular 002 de 2017 – Superintendencia de Industria y Comercio: Lineamientos sobre protección de datos personales para entidades sin ánimo de lucro.
3. NORMATIVIDAD CONTABLE Y FINANCIERA
Decreto 2420 de 2015 (y sus actualizaciones): Marco Técnico Normativo para la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para el sector privado.
Ley 43 de 1990: Reglamenta la profesión del contador público y establece responsabilidades sobre la información financiera.
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF Grupo 3): Aplicables a entidades sin ánimo de lucro de menor tamaño.
Decreto 2649 de 1993: Principios y normas contables generalmente aceptados (referencial histórico).
Código de Comercio (arts. 19 a 50): Obligación de llevar libros y registros contables.
4. NORMAS TRIBUTARIAS Y RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
Estatuto Tributario (artículos 19 al 364-5): Define el régimen de las entidades sin ánimo de lucro y los requisitos para pertenecer al Régimen Tributario Especial (RTE).
Decreto 1625 de 2016 (Único Reglamentario en Materia Tributaria).
Resolución 019 de 2020 – DIAN: Requisitos para la permanencia en el RTE y presentación de informe de gestión y transparencia.
Resolución 000084 de 2020 – DIAN: Obligatoriedad de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y actualización anual.
5. NORMATIVIDAD LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Código Sustantivo del Trabajo.
Ley 100 de 1993: Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y Riesgos Laborales.
Decreto 1072 de 2015: Reglamento del Sector Trabajo – Gestión del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Resolución 0312 de 2019: Estándares mínimos del SG-SST.
Ley 1429 de 2010: Formalización del empleo y beneficios para entidades sin ánimo de lucro.
Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013: Protección de datos personales de empleados, voluntarios y beneficiarios.
6. NORMAS DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS
Ley 80 de 1993: Estatuto General de Contratación Pública (si se manejan recursos del Estado).
Ley 1150 de 2007: Reformas al Estatuto de Contratación.
Decreto 092 de 2017: Regula la contratación entre entidades públicas y ESAL sin ánimo de lucro.
Guía de Convenios de Asociación – DAFP: Lineamientos para la ejecución de proyectos con fondos públicos o de cooperación.
7. NORMAS DE PROTECCIÓN DE DATOS Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Ley 1581 de 2012: Protección de datos personales.
Decreto 1377 de 2013: Reglamenta la ley anterior.
Ley 1266 de 2008: Hábeas Data financiero.
Decreto 1081 de 2015: Compilación sectorial TIC – seguridad de la información.
ISO/IEC 27001:2022 (Referencia técnica): Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI).
8. NORMATIVIDAD TERRITORIAL Y DE FUNCIONAMIENTO LOCAL
Decreto 427 de 1996: Control por parte de Gobernaciones.
Decreto 1529 de 1990: Requisitos de funcionamiento de entidades de utilidad común.
Acuerdos y Resoluciones de la Alcaldía de Cartagena: Permisos de funcionamiento, licencias, registro de programas y cumplimiento de normas locales.
9. NORMATIVIDAD INTERNA DE LA CORPORACIÓN CHAMBACÚ
Estatutos de la Corporación Chambacú. VER
Código de Buen Gobierno y Ética. VER
Política de Seguridad de la Información y Datos Personales. VER
Manual de Procedimientos Administrativos y Contables. VER
Reglamento Interno de Trabajo y Voluntariado. VER
Términos y Condiciones Generales. VER
Términos y Condiciones Subdirección de Educación. VER
Términos y Condiciones Subdirección Social y Comunitaria. VER
Términos y Condiciones Intermediación de Transporte. VER
Términos y Condiciones Agencia de Turismo. VER
